Resumen del Artículo 283 bis d)

Artículo 283 bis d) del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — bis d). Competencia. 1. Será tribunal competente para conocer de las solicitudes sobre medidas de acceso a fuentes de prueba el que esté conociendo del asunto en primera instancia o, si el proceso no se hubiese iniciado, el que sea competente para conocer de la demanda…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 283 bis d)

1. Será tribunal competente para conocer de las solicitudes sobre medidas de acceso a fuentes de prueba el que esté conociendo del asunto en primera instancia o, si el proceso no se hubiese iniciado, el que sea competente para conocer de la demanda principal.

2. No se admitirá declinatoria en las medidas de acceso a fuentes de prueba, pero el tribunal al que se soliciten revisará de oficio su competencia y si entendiese que no le corresponde conocer de la solicitud, se abstendrá de conocer indicando al solicitante el tribunal al que debe acudir. Si éste se inhibiere en su competencia, decidirá el conflicto negativo el tribunal inmediato superior común, según lo previsto en el artículo 60 de la presente ley.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 283 bis d)

¿Qué dice el Artículo 283 bis d) del LEC?

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¿El Artículo 283 bis d) del LEC está vigente?

El artículo 283 bis d) del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 283 bis d) dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO V › SECCIÓN 1.BIS.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 283 bis d)?

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